Nuevo caso de éxito: Civil Four consigue que se archiven las diligencias abiertas contra un padre por presunto maltrato a su hijo.

Hace un año comenzaba para nuestro cliente una terrible pesadilla que, por fin, ha terminado. Una tarde de verano de 2.020, mientras jugaba con su bebé, el pequeño tuvo un desvanecimiento seguido de fuertes convulsiones y los padres acudieron a Urgencias a toda velocidad.  Allí el bebé fue mantenido en y los facultativos llegaron a la conclusión de que se encontraba “con buen estado general” y sin “alteraciones significativas”. Regresó a casa, pero pocos días después el bebé comenzó a tener fiebre y sus padres, asustados, se vieron en la necesidad de volver al hospital, en esta ocasión a un centro hospitalario diferente. A las pocas horas, el padre estaba detenido y encerrado en los calabozos de la Comisaría Provincial de la Policía Nacional porque, al parecer y según los profesionales sanitarios que atendieron al pequeño, era totalmente necesario poner en marcha el riguroso protocolo para casos de maltrato infantil en consideración a las lesiones que -ahora sí- se detectaron en el bebé y que resultaban compatibles con el denominado “síndrome del zarandeo”.

A partir de este momento los acontecimientos -antes de congelarse en una lenta instrucción- se sucedieron a toda velocidad: detención del padre, declaraciones en Comisaría y Juzgado, búsqueda por parte del detenido de de asesoramiento jurídico con urgencia, orden de alejamiento que prohibía al padre acercarse a su propio hijo, dos días en el calabozo, y filtración inmediata a la prensa, que ya comenzó a hablar de “presunta responsabilidad en los delitos de lesiones graves y malos tratos”,  o de que la Policía Nacional había “esclarecido un presunto caso de maltrato infantil”, e incluso de titulares tan contundentes como “detienen a un padre por zarandear y dejar grave a su bebé de dos meses”.

Afortunadamente, lo primero y sobre todo lo más importante por encima de cualquier otra consideración, es que pocos días después de que el padre fuese detenido y de que estos titulares viesen la luz, el bebé era dado de alta, volvía a su casa sin secuelas y en perfecto estado de salud. Eso sí, el padre se vio obligado a trasladar su residencia a otro inmueble, asumiendo los costes necesarios para ello, toda vez que la orden de alejamiento seguía vigente; y si bien dicha orden únicamente le impedía acercarse a su hijo, lo cierto es que de facto, tampoco podía ver a su pareja, madre del bebé, que se encontraba lógicamente con éste todo el tiempo. Ni ayudarla a criar al pequeño, ni darle apoyo, ni hacer absolutamente nada salvo permanecer a la espera aislado de su familia.

Nuestro despacho no dejó de trabajar de manera concienzuda tratando de obtener una solución justa a la grave situación que se había generado. Las Diligencias llegaron a pasar por más de cinco Juzgados de Instrucción diferentes, y nos vimos en la necesidad de preparar toda suerte de recursos, alegaciones, declaraciones, recabar informes médicos y psicológicos, y, en definitiva, proporcionar al cliente la mejor defensa jurídica y la salvaguarda y garantía de sus derechos, partiendo del firme convencimiento de que era completamente inocente.

Y gracias a todo ello, recientemente el Juzgado de Instrucción ha dictado Auto en el que se decreta el sobreseimiento de las actuaciones y el archivo de las mismas, por no estar debidamente justificada la perpetración de delito, así como el cese de las medidas adoptadas. Es decir, nuestro cliente podrá por fin volver a ver a su hijo después de casi un año, y logrando -después de batallar de manera incansable- que el Juez, el Fiscal, y los médicos le dieran la razón.

Así, la Médico Forense concluyó que las lesiones del pequeño no eran patognomónicas del síndrome del zarandeo (es decir, no constituían un signo claro de dicho síndrome), no descartándose enfermedades genéticas u otras causas. Igualmente, la doctora concluyó la posibilidad de que las lesiones que presentaba el bebé fuesen accidentales.

Y haciéndose eco de todo ello, el Ministerio Fiscal concluyó, textualmente que “afirmar que nos encontramos ante un maltrato, en su modalidad del síndrome del bebé sacudido o zarandeado, sería un ejercicio de voluntarismo no sustentado en elemento fáctico alguno de solidez suficiente”.

En definitiva, el asunto ha concluido con un cliente altamente satisfecho con el trabajo de los profesionales de CivilFour. Entre nuestros abogados contamos con penalistas altamente experimentados, que podrán asesorarte de la mejor manera ante situaciones que tengan el Derecho Penal como trasfondo.

Carlos Andrade Quintero

Abogado Socio de CivilFour


Etiquetas: , , , , , , , , ,

Comparte este artículo

También en el blog

11 Abr 2024

Supresión de períodos vacacionales para los trabajadores. ¿Es una modificación sustancial?

En este artículo vamos a hablar de un caso concreto, en el que se prohibía al trabajador coger sus días de… leer más
05 Abr 2024

Modificaciones del Juicio Verbal tras el RDL 6/2023, de 19 de diciembre

A comienzos de este año 2024 entró en vigor el Real Decreto-Ley 6/2023 del 19 de diciembre (en adelante, RDL 6/2023),… leer más
USAMOS COOKIES

Nuestra web utiliza cookies para su correcto funcionamiento. Puedes encontrar todos los detalles en nuestra Política de cookies

AceptarRechazar