Separación

Cese del matrimonio y la vida en pareja decretado por resolución judicial o notarialmente previa solicitud de ambos cónyuges, de uno con el consentimiento del otro o por uno solo, transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio y sin que ello suponga la disolución del vínculo matrimonial. No será preciso el transcurso de dicho plazo cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.

Volver a Glosario
USAMOS COOKIES

Nuestra web utiliza cookies para su correcto funcionamiento. Puedes encontrar todos los detalles en nuestra Política de cookies

AceptarRechazar