Régimen económico matrimonial

Será aquel determinado a través de las capitulaciones matrimoniales. A falta de pacto, o siendo las capitulaciones nulas o ineficaces, el régimen económico será el de la sociedad de gananciales. Además de este régimen nuestra legislación también regula expresamente el régimen de separación de bienes y el de participación en las ganancias.

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