Contador partidor

Persona encargada de inventariar los bienes de la herencia, valorarlos, pagar las deudas pendientes, dividir el caudal hereditario y adjudicar los bienes a cada uno de los herederos de acuerdo a sus proporciones. Si, además, el fallecido estaba casado en régimen de sociedad de gananciales también le corresponderá la liquidación de la sociedad conyugal y distribuir los bienes. El contador partidor puede ser testamentario o dativo. El primero es el nombrado por el propio fallecido en su testamento. El segundo es el designado judicial o notarialmente a solicitud de los herederos que representen como mínimo el cincuenta por ciento del caudal hereditario.

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