Albacea

Persona designada por el testador, la ley o el juez para darle al caudal hereditario el destino que le corresponda según el testamento o según las disposiciones legales del Código Civil. La aceptación del cargo es voluntaria pero realizada la misma obliga al albacea a su desempeño, si bien podrá renunciar por justa causa. Se trata de un cargo gratuito aunque podrá el testador señalar la remuneración que tenga por conveniente.

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